Ciudad de México 13 octubre 2026.- Un grupo de 170 académicos, ex juzgadores y abogados nacionales y extranjeros manifestaron públicamente su respaldo a los juzgadores federales sujetos a procedimientos administrativos por parte del Tribunal de Disciplina, debido a sus sentencias.
En particular, expresaron su apoyo a Martha Mañaga López, ex juez Quinto de Distrito de Morelos, quien compareció, contra quien se sigue un procedimiento disciplinario por haber dictado en el 2024 la primera suspensión contra el trámite de la reforma judicial, misma que no fue acatada.
“Por esta decisión, el Tribunal le ha imputado una presunta falta grave por “descuido” en su función. Consideramos especialmente grave que una decisión jurisdiccional pueda dar lugar a responsabilidad disciplinaria por el hecho de sostener una interpretación jurídica distinta de la compartida por las autoridades que la investigan”, dijeron.
“Las resoluciones judiciales pueden ser controvertidas, revisadas y revocadas mediante los recursos establecidos por el ordenamiento jurídico. La discrepancia interpretativa no constituye una infracción disciplinaria”.
Los firmantes también expresaron su preocupación por los casos de los juzgadores Gelacio Villalobos, Sergio Sigales, Gabriela Ruiz, María Citlallic Vizcaya, Agustín Buenrostro, Juan Gerardo Anguiano, Luis Fernando Arreola Villa y José Antonio Lozano Batarse.
Señalaron que los procedimientos contra los mencionados también ameritan atención pública y un examen cuidadoso de las garantías de independencia judicial y debido proceso.
Sobre el expediente contra la juez Magaña, mencionaron que el control constitucional de las reformas a la Constitución y sus procedimientos de aprobación es una cuestión jurídica compleja, situada en los límites del constitucionalismo.
“No es una discusión cerrada ni admite respuestas indiscutibles. En Colombia, Brasil e India, sus tribunales han emitido sentencias que cuestionan reformas constitucionales. Aunque los ordenamientos jurídicos son distintos, estos precedentes confirman la legitimidad de la discusión constitucional”, indicaron.
Los signatarios dijeron que la independencia judicial comprende la libertad de interpretar y aplicar el derecho sin temor a represalias disciplinarias por el contenido de las resoluciones.
Y la potestad disciplinaria, agregaron, no debe convertirse en un mecanismo para imponer criterios jurídicos ni para inhibir decisiones que resulten incómodas para otros poderes públicos.




